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Novedades del Programa Kit Digital

Ampliación de la Ayuda para Autónomos y Empresas con menos de 3 Empleados (Segmento III):

  • Incremento del bono de digitalización de 2.000 a 3.000 euros.
  • Incorpora la Categoría de soluciones, denominada ‘Puesto de trabajo seguro’ que incorpora Hardware (ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa nuevos).
  • La solicitud de la ayuda con la nueva cuantía (3.000€) podrá realizarse una vez se haya abierto el formulario de solicitud en el mes de junio.
  • Este aumento de la ayuda tendrá carácter retroactivo, es decir, podrán solicitarla aquellas empresas beneficiarias que ya la hubieran pedido con anterioridad e incluso si ya han consumido su bono digital, accediendo al Expediente y firmar esa conformidad. En este caso, la concesión es automática.

Actualización del Catálogo de Soluciones de Digitalización. Incluye (5) nuevas categorías de soluciones, denominadas: Servicio de Ciberseguridad Gestionada, Gestión de clientes con IA asociada, Business Intelligence y Analítica e IA asociada, Gestión de procesos con IA asociada y Puesto de trabajo seguro.

Nuevos Beneficiarios:

  • Nuevos segmentos: segmento IV (entre 50 y menos de 100 empleados) y segmento V (entre 100 y menos de 250 empleados).
  • Ayudas de 25.000 y 29.000 euros, respectivamente.

Información sobre el programa en https://www.boe.es/boe/dias/2024/05/11/pdfs/BOE-A-2024-9523.pdf y en https://www.acelerapyme.es/kit-digital

Kit Consulting

https://www.acelerapyme.es/kit-consulting. Contratación de servicios de asesoramiento dirigido a pymes y concebido para que puedan dar un paso más en su proceso de digitalización.

Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, cuyo objetivo es subvencionar a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo (de 0 a 49 empleados), la implantación de soluciones de digitalización disponibles en el mercado, para conseguir un avance significativo en su nivel de madurez digital.

Puedes consultar la información completa en la Página Web de Red.es:  https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital que se resume en:

¿Qué ofrece el programa?

  • Un Bono digital para disponer de una cuantía económica que poder administrar, escogiendo entre una o varias de las categorías de Soluciones de digitalización ofrecidas por empresas expertas (Agentes Digitalizadores) que son quienes desarrollarán los servicios del catálogo. 
  • Un Marketplace que alberga:

¿A quién va dirigido?

  • Empresas cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español
  • Empresas inscritas en el Censo de empresarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, con una antigüedad mínima de 6 meses.
    Adicionalmente:
  • no tener la consideración de empresa en crisis
  • estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • no estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
  • no superar el límite de ayudas minimis
  • disponer del Test de diagnóstico digital.

¿Cómo solicitar el bono digital?

    1. Acceder al área privada para registro en la plataforma Acelerapyme de Red.es y completar el Test de Autodiagnóstico.
    2. Solicitar la ayuda correspondiente a la convocatoria a través de la sede electrónica de Red.es

Ampliado el plazo de presentación
hasta el 31/12/2024 a las 11:00 horas

Convocatorias de los segmentos IV y V,
con previsiones para el último trimestre del año 2024.

 DIRIGIDO A…EMPRESAS DE…IMPORTE DEL BONO DIGITAL
C005/22-SISegmento I10 a 49 empleados12.000€
C015/22-SISegmento II3 a 9 empleados6.000€
C022/22-SI Segmento III0 a 2 empleados3.000€
C013/23-SI *Comunidades de bienes, Sociedades Civiles, Explotaciones agrarias de titularidad compartida0 a 49 empleados 
 Segmento IV50 a 99 empleados25.000€
 Segmento V100 a 249 empleados29.000€

Convocatorias abiertas y Nuevas convocatorias

Previsión para el último trimestre del año.

Previsión para el último trimestre del año.

https://sede.red.gob.es/es/procedimientos/convocatoria-de-ayudas-destinadas-la-digitalizacion-de-empresas-del-segmento-i-entre

El pasado 26 de Febrero de 2022, el B.O.E. ha publicado la Resolución de Red.es, por la que se convocan las primeras ayudas destinadas a la digitalización de empresas de entre 10 y 49 empleados. Esta primera línea de ayudas cuenta con un presupuesto de 500 millones de euros.

Los detalles de la Convocatoria C005/22-SI, sujetos a las bases reguladoras aprobadas mediante el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero y disponibles en la web de acelera pyme, se resumen en…

¿Qué ofrece esta Convocatoria?

Un importe máximo de ayuda por beneficiario de 12.000 Euros (Bono digital) con una vigencia de 12 meses para administrarlo en una o varias soluciones de digitalización correspondientes a los Servicios del Catálogo, de entre las 10 categorías distintas (sitio web y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, digitalización de las relaciones con los clientes, Business Intelligence y analítica, automatización de procesos, implantación de la factura electrónica, servicios y herramientas de la oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad).

¿Cuándo puedo solicitar el bono digital para una empresa de entre 10 y 49 empleados?

A partir del próximo 15 de Marzo,  se podrá solicitar estas ayudas en la en la sede electrónica de Red.es y el plazo estará abierto durante 12 meses o hasta que se acaben los fondos.

Los beneficiarios de las ayudas seguirán un procedimiento de concurrencia no competitiva, aplicando el criterio establecido en el Art. 16 de las Bases Reguladoras y conforme a lo dispuesto en el apartado sexto de la presente Convocatoria, para concesión de forma directa, por orden de presentación de solicitudes y en disposición de crédito suficiente, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Requisitos

¿Cuáles son los requisitos mínimos para obtener la ayuda de la Convocatoria?

  • Podrán ser beneficiarios las empresas cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, de entre 10 y 49 empleados.
  • Deberán estar inscritos en el Censo de empresarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Adicionalmente:
    • No tener la consideración de empresa en crisis
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
    • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de  Subvenciones
    • No superar el límite de ayudas de minimis
    • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital.

¿Cuáles son los requisitos mínimos para solicitar tu bono digital?

  • Acceder al área privada para registro en la plataforma Acelerapyme de Red.es y completar el Test de Autodiagnóstico. Esto permitirá conocer cuál es el nivel de digitalización que tiene la empresa para poder recomendarles servicios ajustados a sus necesidades.
  • Consultar el Catálogo de Soluciones de Digitalización que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio. Podrás consultar en qué consiste cada una y el importe de la ayuda concedida para cada solución.
  • Solicitar la ayuda correspondiente a la Convocatoria C005/22-SI, en la sede electrónica de Red.es  //Abierta desde el 15 de marzo hasta el 15 de septiembre.

¿Cuáles son los requisitos mínimos para emplear tu bono digital?

Una vez concedida,

  • Accede al Catálogo de Agentes Digitalizadores adheridos y decide con quién quieres desarrollar tu solución digital. 
  • Ponte en contacto con el/los Agente(s) Digitalizador(es), suscribe el Acuerdo de prestación y comienza tu transformación digital.

https://sede.red.gob.es/es/procedimientos/convocatoria-de-ayudas-destinadas-la-digitalizacion-de-empresas-del-segmento-ii

El pasado 29 de julio de 2022, el B.O.E. ha publicado la Resolución de Red.es, por la que se convocan las primeras ayudas destinadas a la digitalización de empresas de entre 3 y 9 empleados. Segunda convocatoria de ayudas que inicialmente cuenta con un presupuesto de 500 millones de euros.

La concesión de ayudas de la presente Convocatoria C015/22-SI, se rige según lo establecido en la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España- Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU (Programa Kit Digital), modificada posteriormente por la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio de 2022 (BOE núm. 181 de 29 de julio de 2022).

Información disponible en la web de acelera pyme, que se resume en…

¿Qué ofrece esta Convocatoria?

Un importe máximo de ayuda por beneficiario de 6.000 Euros (Bono digital) con una vigencia de 12 meses para administrarlo en una o varias soluciones de digitalización correspondientes a los Nuevos Servicios del Catálogo de entre 12 categorías distintas (sitio web y presencia básica en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, digitalización de las relaciones con los clientes, Business intelligence y analítica, automatización de procesos, implantación de la factura electrónica, servicios y herramientas de la oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad, presencia avanzada en internet y marketplace).

¿Cuándo puedo solicitar el bono digital para una empresa de entre 3 y 9 empleados?

A partir del próximo 2 de septiembre, se podrá solicitar estas ayudas en la en la sede electrónica de Red.es y el plazo estará abierto durante 12 meses o hasta que se acaben los fondos.

Los beneficiarios de las ayudas seguirán un procedimiento de concurrencia no competitiva, aplicando el criterio establecido en el Art. 16 de las Bases Reguladoras y conforme a lo dispuesto en el apartado sexto de la presente Convocatoria, para concesión de forma directa, por orden de presentación de solicitudes y en disposición de crédito suficiente, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Requisitos

¿Cuáles son los requisitos mínimos para obtener la ayuda de la Convocatoria?

  • Podrán ser beneficiarios las empresas cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, de entre 3 y 9 empleados.
  • Deberán estar inscritos en el Censo de empresarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Adicionalmente:
    • No tener la consideración de empresa en crisis
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
    • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
    • No superar el límite de ayudas de minimis
    • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital.

¿Cuáles son los requisitos mínimos para solicitar tu bono digital?

  • Acceder al área privada para registro en la plataforma Acelerapyme de Red.es y completar el Test de Autodiagnóstico. Esto permitirá conocer cuál es el nivel de digitalización que tiene la empresa para poder recomendarles servicios ajustados a sus necesidades.
  • Consultar el Catálogo de Soluciones de Digitalización que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio. Podrás consultar en qué consiste cada una y el importe de la ayuda concedida para cada solución.
  • Solicitar la ayuda correspondiente a la Convocatoria C015/22-SI, en la sede electrónica de Red.es  //Abierta desde el 2 de septiembre de 2022 hasta el 2 de septiembre de 2023.

¿Cuáles son los requisitos mínimos para emplear tu bono digital?

Una vez concedida,

  • Accede al Catálogo de Agentes Digitalizadores adheridos y decide con quién quieres desarrollar tu solución digital. 
  • Ponte en contacto con el/los Agente(s) Digitalizador(es), suscribe el Acuerdo de prestación y comienza tu transformación digital.

https://sede.red.gob.es/es/procedimientos/convocatoria-de-ayudas-destinadas-la-digitalizacion-de-empresas-del-segmento-iii

12 de octubre de 2022. Red.es -entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial- publica la tercera convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de pequeñas empresas de entre 0 y menos de 3 empleados (segmento III).

La concesión de ayudas de la presente Convocatoria CO22/22-SI, se rige según lo establecido en la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España- Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU (Programa Kit Digital), modificada posteriormente por la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio de 2022 (BOE núm. 181 de 29 de julio de 2022).

Información disponible en la web de ‘AceleraPyme’ de Red.es, que se resumen en…

¿Qué ofrece esta Convocatoria?

Un importe máximo de ayuda por beneficiario de 2.000 Euros (Bono digital) con una vigencia de 12 meses para administrarlo en una o varias soluciones de digitalización correspondientes a los Nuevos Servicios del Catálogo de entre 12 categorías distintas (sitio web y presencia básica en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, digitalización de las relaciones con los clientes, Business intelligence y analítica, automatización de procesos, implantación de la factura electrónica, servicios y herramientas de la oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad, presencia avanzada en internet y marketplace).

¿Cuándo puedo solicitar el bono digital para una empresa de entre 0 y 2 empleados?

A partir del próximo 20 de Octubre, se podrá solicitar estas ayudas en la en la sede electrónica de Red.es y el plazo estará abierto durante 12 meses o hasta que se acaben los fondos.

Los beneficiarios de las ayudas seguirán un procedimiento de concurrencia no competitiva, aplicando el criterio establecido en el Art. 16 de las Bases Reguladoras y conforme a lo dispuesto en el apartado sexto de la presente Convocatoria, para concesión de forma directa, por orden de presentación de solicitudes y en disposición de crédito suficiente, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Requisitos

¿Cuáles son los requisitos mínimos para obtener la ayuda de la Convocatoria?

  • Podrán ser beneficiarios las empresas cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, de entre 0 y 2 empleados.
  • Deberán estar inscritos en el Censo de empresarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Adicionalmente:
    • No tener la consideración de empresa en crisis
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
    • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
    • No superar el límite de ayudas de minimis
    • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital.

¿Cuáles son los requisitos mínimos para solicitar tu bono digital?

  • Acceder al área privada para registro en la plataforma Acelerapyme de Red.es y completar el Test de Autodiagnóstico. Esto permitirá conocer cuál es el nivel de digitalización que tiene la empresa para poder recomendarles servicios ajustados a sus necesidades.
  • Consultar el Catálogo de Soluciones de Digitalización que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio. Podrás consultar en qué consiste cada una y el importe de la ayuda concedida para cada solución.
  • Solicitar la ayuda correspondiente a la Convocatoria C022/22-SI, en la sede electrónica de Red.es  //Abierta desde el 20 de octubre de 2022 hasta el 20 de octubre de 2023.

¿Cuáles son los requisitos mínimos para emplear tu bono digital?

Una vez concedida,

  • Accede al Catálogo de Agentes Digitalizadores adheridos y decide con quién quieres desarrollar tu solución digital. 
  • Ponte en contacto con el/los Agente(s) Digitalizador(es), suscribe el Acuerdo de prestación y comienza tu transformación digital.

22 de JULIO de 2023. Red.es -entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial- publica la cuarta convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de las comunidades de bienes, las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida, de los segmentos I, II, y III, en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el PRTR (PKD).

La modificación de la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio de 2022 (BOE núm. 181 de 29 de julio de 2022) sí aplica a esta Convocatoria.

Así mismo, las actuaciones a desarrollar en esta Convocatoria están incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones (PES 2022-2023) del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, aprobado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Información disponible en la web de ‘AceleraPyme’ de Red.es, que se resumen en…

¿Qué ofrece esta Convocatoria?

Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida comprendidas en los citados Segmentos I, II y III, seleccionando, en régimen de concesión directa, los beneficiarios de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva.

Subvención directa que consistirá en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización, correspondientes a los Servicios del Catálogo de entre 12 categorías distintas (sitio web y presencia básica en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, digitalización de las relaciones con los clientes, Business intelligence y analítica, automatización de procesos, implantación de la factura electrónica, servicios y herramientas de la oficina virtual, comunicaciones seguras y ciberseguridad, presencia avanzada en internet y marketplace).

Cuantía de las Ayudas

El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €), seis mil euros (6.000 €) o dos mil euros (2.000 €), en función del Segmento al que pertenezca.

Red.es determinará el segmento al que corresponde la solicitud teniendo en cuenta los datos del número de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o valiéndose de cualquier otro medio válido en Derecho. El plazo para contabilizar la plantilla media de trabajadores del Régimen General (Seguridad Social) será el correspondiente a los últimos 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

¿Cuándo puedo solicitar el bono digital?

A partir del próximo 12 de Septiembre, se podrá solicitar estas ayudas en la en la sede electrónica de Red.es y el plazo estará abierto durante 12 meses o hasta que se acaben los fondos.

Los beneficiarios de las ayudas seguirán un procedimiento de concurrencia no competitiva, aplicando el criterio establecido en el Art. 16 de las Bases Reguladoras y conforme a lo dispuesto en el apartado sexto de la presente Convocatoria, para concesión de forma directa, por orden de presentación de solicitudes y en disposición de crédito suficiente, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Requisitos

¿Cuáles son los requisitos mínimos para obtener la ayuda de la Convocatoria?

  • Podrán ser beneficiarios las empresas cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español y que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la presente Convocatoria.
  • Deberán estar inscritos en el Censo de empresarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Adicionalmente:
    1. No tener la consideración de empresa en crisis
    2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
    3. No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones
    4. No superar el límite de ayudas de minimis
    5. Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital.

¿Cuáles son los requisitos mínimos para solicitar tu bono digital?

  • Acceder al área privada para registro en la plataforma Acelerapyme de Red.es y completar el Test de Autodiagnóstico. Esto permitirá conocer cuál es el nivel de digitalización que tiene la empresa para poder recomendarles servicios ajustados a sus necesidades.
  • Consultar el Catálogo de Soluciones de Digitalización que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio. Podrás consultar en qué consiste cada una y el importe de la ayuda concedida para cada solución.
  • Solicitar la ayuda correspondiente a la Convocatoria C013/23-SI, en la sede electrónica de Red.es  //Abierta desde el 12 de septiembre de 2023 hasta el 20 de octubre de 2023.

¿Cuáles son los requisitos mínimos para emplear tu bono digital?

Una vez concedida,

  • Accede al Catálogo de Agentes Digitalizadores adheridos y decide con quién quieres desarrollar tu solución digital. 
  • Ponte en contacto con el/los Agente(s) Digitalizador(es), suscribe el Acuerdo de prestación y comienza tu transformación digital.

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